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8. SITUACION LABORAL

8.1. REVISION CONTRACTUAL Y DE SALARIOS

De conformidad con el plazo que establece el Contrato Colectivo de Trabajo que la Universidad tiene pactado con el Sindicato Independiente de Trabajadores de la Universidad Autónoma Metropolitana, éste presentó la solicitud de su revisión ante la junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en la cual planteaba modificaciones y adiciones a 74 cláusulas vigentes y la creación de 58 cláusulas nuevas, así como una demanda de incremento del 40 por ciento de los salarios y la firma de un tabulador de salarios que correspondiera a los puestos del Manual de Puestos Administrativos de Base, con emplazamiento a huelga a partir del 1° de febrero de 1984.

A partir del 7 de diciembre de 1983, se iniciaron las pláticas de negociación entre las representaciones de la Universidad y el Sindicato, para lo cual se formaron 3 subcomisiones: la de Asuntos Académicos; la de Disposiciones Generales y Comisiones Mixtas, y la de Salarios, Tabulador y Prestaciones. La Comisión Negociadora, firmó el 1° de febrero de 1984 un convenio mediante el cual se acordó modificar el clausulado del Contrato Colectivo de Trabajo en 43 cláusulas e incorporar 4 cláusulas nuevas, incluyendo transitorias. Por otra parte, se acordó incrementar los salarios del personal académico y administrativo en un 29 por ciento sobre los salarios vigentes al 31 de enero de 1984. Con base en lo anterior el Sindicato se desistió de su emplazamiento de huelga y ratificó el convenio ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 2 de febrero de 1984.

El aumento fijado a los salarios mínimos en el mes de junio de 1984 motivó que el 12 de ese mismo mes, el Sindicato emplazara a la Institución a huelga por un incremento de salario de emergencia. La demanda de incremento fue por el 70 por ciento de los salarios vigentes en ese momento, con la intención de estallar la huelga el 26 de junio de 1984 a las 23:00 horas, de no tener respuesta positiva a dichas peticiones.

Ante esta situación, la Universidad contestó el pliego petitorio manifestando que no existían condiciones económicas que permitieran satisfacer la demanda. En la primera reunión de trabajo que se realizó entre ambas representaciones, se reiteró la imposibilidad de incrementar los salarios, proponiendo como alternativa el acelerar los trabajos previstos en el Acuerdo 08/84 para la reorganización del Tabulador del Personal Administrativo, resultado de un ofrecimiento hecho por la Universidad en enero y firmado en forma bilateral hasta el 14 de junio de 1984.

La propuesta en concreto contenía diversos aspectos como el hacer entrega de un tabulador de salarios que correspondiera al Manual de Puestos Administrativos de Base y que contemplara tres niveles: mínimo, medio y máximo. También se firmó un acuerdo con las actividades a realizar para llevar a cabo la retabulación del personal administrativo.

En lo que respecta al personal académico se propuso igualar los salarios con los de la Universidad Nacional Autónoma de México, en aquellas categorías con salarios inferiores.

Durante las sesiones de trabajo que se realizaron, se intercambiaron varias propuestas y contrapropuestas de ambas partes, todas ellas con base en la estructura inicial, firmándose el Acuerdo 09/84 el 10 de julio de 1984, en el que se contempló todo el proceso para la retabulación del personal administrativo de base, así como el tabulador de salarios con vigencia a partir del 1° de ese mes.

Cabe mencionar que el Sindicato, después de un aplazamiento de la fecha para el estallido de huelga, se desistió de su demanda de aumento de emergencia y no hubo interrupción de labores. El trabajo que se desarrolló permitió la identificación de los trabajadores administrativos, conforme a las funciones que se establecen en el Manual, iniciándose el 1° de noviembre la discusión de los puestos que no estaban considerados en el y que ocupaban alrededor de 300 trabajadores.

Al mes de noviembre, un poco menos de 3,000 trabajadores quedaron retabulados y les fueron cubiertos sus salarios conforme al nuevo tabulador, con efectos a partir del 1° de julio de 1984, habiéndose prorrogado al 15 de enero de 1985 la definición de puestos no contemplados en el Manual de Puestos Administrativos de Base, así como la identificación con tales puestos, de los 300 trabajadores pendientes de ubicación.

Para llevar a cabo este proceso se requirieron 57 sesiones de trabajo de la Comisión Mixta General de Tabuladores.

En relación con el personal académico, las negociaciones sobre la propuesta presentada por la Universidad de igualar 5 categorías con respecto a la Universidad Nacional Autónoma de México, a partir del 1° de julio de 1984 y una retabulación a partir del 1° de enero de 1985, con aumentos sucesivos en octubre de 1985, enero y octubre de 1986, del 6, 8 y 12 por ciento respectivamente. Incrementos independientes a los generales que se pactasen con el Sindicato.

El 9 de noviembre pasado se firmó el Acuerdo 14/84 sobre la reorganización del tabulador del personal académico destacando los siguientes términos: la nivelación de 5 categorías a partir del 1° de julio de 1984; el incremento salarial para todas las categorías a partir del 1° de noviembre de 1984, y aumentos programados según lo ofreció la Institución desde un principio. El personal académico no fue motivo de ningún proceso de reubicación, ya que la estructura tabular se mantuvo en las mismas condiciones.

Oportunamente, y en los términos de ley, se formuló la contestación correspondiente al pliego petitorio con emplazamiento a huelga presentado por el Sindicato Independiente de Trabajadores de la Universidad Autónoma Metropolitana, para la revisión de salarios en 1985.

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