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5. ORGANOS COLEGIADOS

Con la aprobación por el Colegio Académico del Reglamento Orgánico, se precisan los ámbitos de competencia de los cuerpos colegiados que norman la organización y funcionamiento técnico, docente y administrativo de la Institución.

De la labor de los órganos colegiados durante la gestión que se reporta, se ha informado oportunamente por los respectivos Presidentes. Sin embargo, debe quedar constancia de reconocimiento a sus resultados, producto del esfuerzo de quienes tienen el privilegio de haber sido partícipes de ellos, en esta etapa de la vida de la Universidad Autónoma Metropolitana.

Consecuencia directa del trabajo de las instancias colegiadas es la consistencia con la que se cumplen los objetivos que, por Ley Orgánica y por convencimiento de todos los miembros de la comunidad universitaria, se deben alcanzar.

Conforme al criterio orgánico de desconcentración funcional y administrativa, los Consejos Académicos y los Divisionales funcionan de manera autónoma, sin dejar de reconocer sus áreas de acción y la necesidad de coordinar y complementarse en sus funciones.

Tradicionalmente, en el informe que presenta anualmente al Colegio Académico el Rector General, se da cuenta precisa de las tareas realizadas por todos los órganos colegiados. Independientemente, los Presidentes de los Consejos al reportar las actividades llevadas a cabo el año anterior, enumeran los resultados de la gestión colegiada.

Por lo mencionado en los dos párrafos anteriores, no se resumirá aquí la información de la gestión al respecto, únicamente se hará mención al papel legislativo del Colegio Académico en este periodo.

Ante la necesidad de detallar y especificar las atribuciones y obligaciones de los órganos e instancias, al inicio de la administración que ahora concluye, se presentó y aprobó un programa de legislación que dio como resultado el Reglamento de Ingreso y Promoción del Personal Académico, de febrero de 1982, y su versión más completa que es el Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico, de diciembre de ese año, mismo que fue reformado el 22 de mayo de 1985. Su contenido está fundamentado en las modificaciones al Artículo Constitucional e incluye los Acuerdos del Colegio Académico sobre las Comisiones Dictaminadoras y las Bases (Reglamento) de Funcionamiento de dichas Comisiones, disposiciones estas últimas que como conjuntos normativos autónomos quedaron abrogadas. Para normas complementarias, el Colegio aprobó las Reglas para el Ingreso y la Permanencia del Personal Académico por Obra Determinada en Areas Clínicas, el 19 de noviembre de 1984, así como el Tabulador para Ingreso y Promoción del Personal Académico, los días 29 al 31 de marzo de 1985.

Para completar el marco jurídico universitario que norma los estudios de licenciatura, maestría, doctorado, actualización y especialización, en la Sesión No. 58, efectuada el 26 de febrero y el 8 de marzo de 1985, se aprobó, previa encuesta y entrevistas, el Reglamento de Alumnos, como un instrumento para regular la participación de los alumnos en la vida institucional.

Producto de la experiencia de las instancias colegiadas, son las Reglas para la Integración y el Funcionamiento de las Comisiones de los Organos Colegiados Académicos, de 5 de octubre de 1984.

Con un respeto pleno a las disposiciones del orden jurídico nacional y universitario, el documento de Políticas Generales de la Universidad Autónoma Metropolitana, se aprobó en la Sesión No. 57, celebrada los días 24 de enero, 20 y 27 de febrero y 11 de marzo de 1985, para orientar en lo general la coordinación coherente de las decisiones sobre la organización y el desarrollo de las actividades sustantivas y adjetivas. En estas Políticas Generales se caracteriza y desglosa el objeto de la Institución y las acciones a realizar para cumplirlo, en un esquema de comunicación, colaboración y acatamiento de los ámbitos de competencia de todos y cada uno de los órganos e instancias.

Debe señalarse que la labor legislativa y, en general, todas aquellas llevadas a cabo por el Colegio Académico se han desarrollado mediante la discusión abierta entre sus integrantes y con una amplia difusión a la comunidad de los proyectos de reglamentación, a fin de recabar e incorporar en lo procedente las observaciones y comentarios emitidos de forma individual o a través de grupos representativos.

La actividad legislativa aún no está terminada y de hecho no lo estará nunca, por requerir de una permanente adecuación a la realidad que regula, en base a la autodeterminación del Colegio y como parte fundamental de la autonomía universitaria.

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