Reglamento de la Junta Directiva - 19 julio 2018
2 CAPÍTULO I Principios, procedimiento e integración de la Junta Directiva ARTÍCULO 1 Antes de iniciar el desempeño de su cargo, las personas designadas para integrar la Junta Directiva deberán rendir, ante la misma, la protesta respectiva, la cual será tomada por el Presidente en turno en un acto solemne. Los miembros de la Junta Directiva deberán mostrar un compromiso permanente para: I Realizar una gestión ética y responsable en favor de la Universidad y de su comunidad, con base en los valores y principios de respeto, integridad, tolerancia, honradez, imparcialidad, equidad, igualdad, legalidad, transparencia y lealtad institucional; II Defender y preservar la autonomía de la Universidad; III Respetar la pluralidad de los órganos colegiados, así como la diversidad de opiniones y perspectivas de la comunidad universitaria; IV Participar en todos los procedimientos y actividades propias de la competencia de la Junta; y V Mantener la debida reserva sobre el contenido y resultados de las discusiones, resoluciones y votaciones de las sesiones respectivas. El no cumplir estos compromisos, contravenir algún acuerdo o actuar a título personal sin acatarlos, motivará la emisión de un extrañamiento de la Junta, de lo cual se comunicará al Colegio Académico con la recomendación correspondiente. ARTÍCULO 2 Cuando ocurra alguna vacante en la Junta Directiva, ésta solicitará al Colegio Académico, por conducto del Rector General, que dé prioridad al proceso para cubrirla; asimismo, en el primer mes del año comunicará al Rector General el nombre del miembro de la Junta que, por ministerio de Ley, terminará su encargo en ese año y que deberá ser reemplazado antes de terminar el mismo. …
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